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Order (Auto)August 13, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Vladimir Fernández Andrade

✓Claimant Sanitas Eps·Respondent Ministerio De La Proteccion Social Y Otro

✓
Topic · hard data
No Se Configuró Un Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones, Sino Que Se Trata De Un Conflicto De Competencia Entre Autoridades Judiciales Que Orgánica Y Funcionalmente Forman Parte De La Misma Jurisdicción.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto aparente de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 29 Laboral del Circuito de Bogotá y la Superintendencia Nacional de Salud.

Se ocasiona la controversia por una demanda ordinaria laboral instaurada por la Empresa de Prestación de Servicios Sanitas S.A.S. en contra de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con el propósito de obtener el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que fueron asumidas por EPS Sanitas S.A.S., en razón de la cobertura efectiva de tecnologías no incorporadas en el Plan Obligatorio de Salud –POS-, no financiadas en las unidades de pago por capitación –UPC, prestados en cumplimiento de fallos de tutela y/o en atención a las autorizaciones emitidas por el entonces Comité Técnico Científico (CTC).

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que no es la autoridad competente para dirimir el conflicto de competencia sub examine, toda vez que de los antecedentes esbozados y en aplicación del análisis normativo y jurisprudencial, se advierte que no se configuró un conflicto de competencia entre jurisdicciones, sino que se trata de un conflicto de competencia entre autoridades judiciales que orgánica y funcionalmente forman parte de la misma jurisdicción.

En efecto, la controversia que aquí se analiza se suscitó entre el Juzgado 29 Laboral del Circuito de Bogotá -autoridad que orgánicamente hace parte de la jurisdicción ordinaria- y la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud, autoridad de la rama ejecutiva que, si bien no hace parte de la estructura orgánica de la jurisdicción ordinaria, lo cierto es que sí desempeña funciones jurisdiccionales propias de ella.

Por consiguiente, la Sala Plena se declara inhibida para decidir este asunto y ordena el envío del expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral, para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse frente al asunto de la referencia, según lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. Segundo. ADVERTIR a la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud que, cuando declare la existencia de un conflicto de competencia, deberá remitir el expediente a la autoridad competente para su resolución en forma célere.
  3. Tercero. REMITIR el expediente CJU-5727 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral, para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.